Capítulo 13
Castigo de los falsos profetas
Practiquen cuidadosamente todo lo que yo les ordeno, sin añadir ni quitar nada.
2 Si surge en medio de ustedes un profeta o un intérprete de sueños, que te propone un signo o un prodigio,
3 y te dice: «Vamos detrás de otros dioses –que tú no conoces– para rendirles culto», aunque se cumplan el signo o el prodigio,
4 no hagas caso de las palabras de ese profeta o de los sueños de ese visionario. Porque el Señor, su Dios, los pone a prueba para ver si ustedes lo aman realmente con todo su corazón y con toda su alma.
5 Sigan al Señor, su Dios. Témanlo y observen sus mandamientos, escuchen su voz, sírvanlo y sean fieles a él.
6 Y ese profeta o ese intérprete de sueños deberá ser castigado con la muerte, por haber incitado a la rebelión contra el Señor, tu Dios –el que te hizo salir de Egipto y te rescató de la esclavitud– para desviarte del camino por donde el te ordenó que fueras. Así harás desaparecer el mal de entre ustedes.
Castigo de los que instigan a la idolatría
7 Si tu hermano –el hijo de tu padre o de tu madre– tu hijo o tu hija, la esposa que duerme en tus brazos, o tu amigo más íntimo, trata de seducirte en secreto, diciendo: «Vamos a servir a otros dioses», que ni tú ni tus padres conocieron
8 –los dioses de los pueblos próximos o lejanos que están a tu alrededor, de un extremo al otro de la tierra–
9 no cedas a sus instigaciones ni le hagas caso. Sé implacable con él, no lo perdones ni lo encubras.
10 Tendrás que hacerlo morir irremediablemente. que tu mano sea la primera en levantarse contra él para quitarle la vida. y que después todo el pueblo haga lo mismo.
11 Deberás apedrearlo hasta que muera, porque intento apartarte del Señor, tu Dios, que te hizo salir de Egipto, de un lugar de esclavitud.
12 Todo Israel, cuando se entere, sentirá temor, y no volverá a cometerse esta infamia entre ustedes.
Castigo de las ciudades apóstatas
13 Si de una de las ciudades que te dio el Señor, tu Dios, para que vivas en ella, te llega esta noticia:
14 Gente despreciable de tu misma raza ha logrado seducir a los habitantes de su ciudad, diciendo» «Vamos a servir a otros dioses» –que tú no conociste–
15 investiga el caso, examinalo e infórmate debidamente. Y si es verdad que la cosa es así, que se ha cometido semejante abominación,
16 pasa sin compasión al filo de la espada a los habitantes de la ciudad, y conságrala al exterminio total con todo lo que hay en ella, incluido su ganado.
17 Reúne luego todos sus despojos en medio de la plaza, e incendia la ciudad con todos esos despojos, como un holocausto para el Señor, tu Dios. Ella se convertirá para siempre en un montón de ruinas y nunca más será reconstruida.
18 Y no retengas nada de lo que debe ser consagrado al exterminio. Así el Señor aplacará el ardor de su ira, se apiadará y tendrá misericordia de ti, y te multiplicará, como lo juró a tus padres,
19 con tal que tú escuches la voz del Señor, tu Dios. observando los mandamientos que hoy te prescribo y haciendo lo que es recto a los ojos del Señor, tu Dios.
Capítulo 14
Prohibición de una práctica pagana
Ustedes son hijos del Señor, su Dios. No se hagan incisiones ni se rapen el cabello sobre la frente en homenaje a un muerto.
2 Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios y él te eligió para que fueras su propio pueblo, prefiriéndote a todos los demás pueblos de la tierra.
Los animales puros e impuros
3 No comerán nada que sea abominable.
4 Ustedes podrán comer los siguientes animales: el buey, la oveja, la cabra,
5 el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y la gamuza.
6 Podrán comer, asimismo, cualquier animal que tenga la pezuña partida –es decir, dividida en dos mitades– y que sea rumiante.
7 Pero se abstendrán de comer los animales que son solamente rumiantes y los que solamente tienen la pezuña partida por la mitad. No comerán camello, liebre ni damán, porque aunque son rumiantes, no tienen la pezuña partida. A estos animales deberán considerarlos impuros.
8 Tampoco comerán cerdo, porque aunque tiene la pezuña partida, no es rumiante. También a este deberán considerarlo impuro, y no podrán comer su carne ni tocar su cadáver.
9 De entre los animales que viven en el agua, les estará permitido comer todos aquellos que tengan aletas y escamas.
10 Pero no podrán comer los que o tengan aletas ni escamas: a éstos deberán considerarlos impuros.
11 Podrán comer todas las especies de aves puras.
12 Pero se abstendrán de comer las siguientes: el águila marina.
13 el milano, las diversas especies de halcón.
14 las diversas especies de cuervo:
15 el avestruz, la golondrina, la gaviota y las diversas especies de gavilán;
16 la lechuza, el búho, el ibis.
17 el pelícano, el buitre, el corvejón,
18 la cigüeña, las diversas especies de garza, la abubilla y el murciélago.
19 También deberán considerar impuros a todos los insectos con alas,
20 pero podrán comer cualquier clase de pájaros puros.
21 No comerán ningún animal muerto. Se lo darás al extranjero que resida en tu ciudad para que él lo coma, o se lo venderás al extranjero que va de paso. Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios. No harás cocer un cabrito en la leche de su madre.
El diezmo anual
22 Cada año deberás separar la décima parte de todo lo que hayan producido tus sembrados.
23 y en la presencia del Señor, tu Dios, en el lugar que él elija para constituirlo morada de su Nombre, comerás del diezmo de tu trigo, de tu vino y de tu aceite, y también los primogénitos de tu ganado mayor y menor. Así aprenderás a tener siempre al Señor, tu Dios.
24 Si el camino es demasiado largo para que puedas transportar el diezmo –porque el lugar que el Señor elija te queda muy lejos– cuando el te haya bendecido,
25 los cambiarás por dinero y luego irás a ese lugar, llevando contigo el dinero.
26 Allí podrás comprar con ese dinero todo lo que desees: ganado mayor o menor, vino o bebida fermentada, en una palabra, cualquier cosa que sea de tu agrado. Entonces comerás en la presencia del Señor, tu Dios, y te alegrarás junto con tu familia.
27 No olvides al levita que vive en tus ciudades, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo.
El diezmo trienal
28 al cabo de tres años, deberás separar la décima parte de todo lo producido ese año, y lo depositarás en la puerta de tu ciudad.
29 Entonces vendrá a comer el levita, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo; y lo mismo harán el extranjero, el huérfano y la viuda que están en tus ciudades, hasta quedar saciados. Así el Señor te bendecirá en todas tus empresas.
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